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1. Son fines de esta Asociación:
2. Para el cumplimiento de estos fines, se realizarán las siguientes actividades:
3. Los beneficios obtenidos por la Asociación, derivados del ejercicio de actividades económicas, |
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Esta Asociación tendrá su domicilio social en Valladolid, y su dirección postal es C/ Recondo s/n,
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1. Los órganos de Gobierno y Representación de la Asociación son:
2. La organización interna y funcionamiento de la Asociación deberá ser democrático, con pleno
Las reuniones de La Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias.
Las convocatorias de las Asambleas Generales, se realizarán por escrito expresando el lugar, día y
Las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Será
Los cargos de Presidente/a y Secretario/a de las Asambleas Generales recaerán en el/la Presidente/a y Secretario/a de la Junta Directiva, salvo que, por ausencia debidamente justificada de alguno de ellos, pueda recaer en algún otro miembro de la Junta Directiva.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los
Será necesario mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando
1. Son competencias de la Asamblea General Ordinaria los asuntos siguientes:
2. Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:
Los acuerdos adoptados conforme a los preceptos anteriores obligarán a los socios, incluso a los no asistentes, llevándose a un libro de actas que firmará el/la Presidente/a y el/la Secretario/a.
La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a, un/a Secretario/a, un/a Tesorero/a y vocales.
Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Estos serán designados y
Podrán causar baja:
1. Los cargos de la Junta Directiva, tendrán una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegidos
2. La elección se efectuará por la Asamblea General mediante votación.
3. Las vacantes que pudieran producirse en la Junta, se cubrirán provisionalmente por designación
1. La Junta Directiva celebrará sesión cuando lo determine el/la Presidente/a, por iniciativa propia La Junta Directiva se reunirá, al menos, tres veces al año.
2. Cuando la Junta Directiva lo estime procedente por la índole de la materia a tratar en la sesión,
3. De las sesiones levantará acta el/la Secretario/a, con el visto bueno del/la Presidente/a y la
Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios
Son facultades particulares de la Junta Directiva:
Son atribuciones del/la Presidente/a de la Asociación:
Son facultades del/la Vicepresidente/a:
El/la Secretario/a tendrá a su cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la
Corresponden al/la Tesorero/a:
Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y Su número máximo será de nueve y puede no haber ninguno en ocasiones, si así lo determina la
A) Cualquier miembro de la Junta Directiva, por delegación Expresa y escrita del Presidente/a, podrá ostentar la representación de la Asociación en aquellos actos en los que se estime |
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1. Pueden ser socios las personas físicas o jurídicas que, teniendo capacidad de obrar, demuestren
Se contempla la figura del socio colaborador de A.CE.CA.LE., ya sea persona física o entidad jurídica que se compromete a colaborar en la consecución de los fines de la Asociación. La Junta Directiva determinará la aportación de cada uno de estos socios colaboradores.
Son derechos de los socios:
Son deberes de los socios:
Se podrá perder la condición de socio:
El asociado que incumpliere sus obligaciones para con la Asociación o que su conducta menoscabe los fines o prestigio de la Asociación será objeto del correspondiente expediente disciplinario, del que se le dará audiencia, incoado por la Junta Directiva, que resolverá lo que proceda. Si la Junta propusiese la expulsión, la propondrá a la Asamblea General, para su aprobación. Las sanciones pueden comprender desde la suspensión temporal de sus derechos a la expulsión. |
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La Asociación nace sin patrimonio.
Los recursos de la Asociación están constituidos por:
A) Las cuotas (ordinarias o extraordinarias) de los socios
1. Las cuotas ordinarias o extraordinarias se establecerán por la Asamblea General, a propuesta de
2. Para la admisión de nuevos socios, podrá ser fijada por la Asamblea General, como aportación
1. La Asociación ha de disponer de una relación actualizada de sus asociados, llevar una
2. Las cuentas de la Asociación se aprobarán anualmente por la Asamblea General. |
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La Asociación se disolverá:
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Las modificaciones de los presentes Estatutos será de competencia de la Asamblea General
Las modificaciones que se realicen se comunicarán al Registro correspondiente. |
